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Subalternos Parlamento Andalucía
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Se celebrarán los dos ejercicios el día 22 de enero de 2022 a las 9:00h.
Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Nacionalidad. Podrán participar en el proceso selectivo: a) Las personas con nacionalidad española. b) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, del Reino de Noruega y de la República de Islandia. c) El cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a expensas o estén a cargo de la persona nacional de la Unión Europea con la que tengan dicho vínculo. d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
2.1.2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Graduado o Graduada en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título.
2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Subalternos del Parlamento de Andalucía.
2.1.5.No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
2.1.6. Haber abonado los correspondientes derechos de examen en los términos previstos en el apartado 5 de la base 4. 2.2. Los requisitos establecidos en las normas anteriores estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.