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Modificaciones TREBEP

Conoce las modificaciones trebep más significativos. Últimamente no paran de publicarse reformas legislativas que afectan al temario de las oposiciones y hoy te hablamos del Real Decreto-ley 29/2020, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas que, entre otras modificaciones, añade un nuevo artículo en el TERBEP, el artículo 47 bis del Teletrabajo.

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¿Qué se ha modificado en el TREBEP?

Como comentamos, el Real Decreto-ley 29/2020, de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 ha añadido un nuevo artículo al TREBEP, el artículo 47 bis que hace referencia al teletrabajo y que determina lo siguiente:

"1. Se considera teletrabajo aquella modalidad de prestación de servicios a distancia en la que el contenido competencial del puesto de trabajo puede desarrollarse, siempre que las necesidades del servicio lo permitan, fuera de las dependencias de la Administración, mediante el uso de tecnologías de la información y comunicación.

2. La prestación del servicio mediante teletrabajo habrá de ser expresamente autorizada y será compatible con la modalidad presencial. En todo caso, tendrá carácter voluntario y reversible salvo en supuestos excepcionales debidamente justificados. Se realizará en los términos de las normas que se dicten en desarrollo de este Estatuto, que serán objeto de negociación colectiva en el ámbito correspondiente y contemplarán criterios objetivos en el acceso a esta modalidad de prestación de servicio.

El teletrabajo deberá contribuir a una mejor organización del trabajo a través de la identificación de objetivos y la evaluación de su cumplimiento.

3. El personal que preste sus servicios mediante teletrabajo tendrá los mismos deberes y derechos, individuales y colectivos, recogidos en el presente Estatuto que el resto del personal que preste sus servicios en modalidad presencial, incluyendo la normativa de prevención de riesgos laborales que resulte aplicable, salvo aquellos que sean inherentes a la realización de la prestación del servicio de manera presencial.

4. La Administración proporcionará y mantendrá a las personas que trabajen en esta modalidad, los medios tecnológicos necesarios para su actividad.

5. El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas se regirá, en materia de teletrabajo, por lo previsto en el presente Estatuto y por sus normas de desarrollo."

¿Qué dice el artículo 47 bis del TREBEP?

Podemos resumir la regulación del teletrabajo de la siguiente forma:

  • Teletrabajo: modalidad de prestación de servicios a distancia, fuera de las dependencias de la Administración a través de tecnologías de la información y comunicación.
  • Debe cumplir unos requisitos:
    • Estar expresamente autorizada.
    • Ser compatible con la modalidad presencial.
    • Tener carácter voluntario y reversible.
  • El personal que teletrabaje tendrá los mismos deberes y derechos, tanto individuales como colectivos, que el resto del personal que preste servicios presenciales.
  • La Administración proporcionará a la persona los medios tecnológicos necesarios.

¿Qué otras actualizaciones introduce en el temario de oposiciones el Real Decreto-ley 29/2020?

El Real Decreto-ley 29/2020 también modifica el artículo 22.1 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias, añadiendo un nuevo inciso, de tal manera que:

"El acceso a la formación sanitaria especializada se efectuará a través de una convocatoria anual de carácter nacional. Las personas que participen en las pruebas selectivas deberán relacionarse obligatoriamente con la Administración a través de medios electrónicos, cuando así se prevea en la referida convocatoria y en los términos que ésta establezca, en relación con los trámites de cumplimentación y presentación de solicitudes, aportación de documentación y pago de tasas, así como en la fase de adjudicación de plazas."

¿Al temario de qué oposiciones afecta la actualización del TREBEP?

Las modificaciones trebep las podemos encontrar principalmente en los temas de las siguientes oposiciones:

OposiciónTemario
Administrativo del EstadoTema 5 Bloque 4: Provisión de puestos de trabajo en la función pública. Los deberes y derechos de los funcionarios. La carrera administrativa. Promoción interna.
Auxiliar Administrativo del EstadoTema 13 Bloque 1: Derechos y deberes de los funcionarios. La carrera administrativa. Promoción interna. El sistema de retribuciones e indemnizaciones. Régimen disciplinario. El Régimen de la Seguridad Social de los Funcionarios.
Agente de Hacienda PúblicaTema 7 Bloque 1: Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes de los funcionarios. La provisión de puestos de trabajo y la carrera administrativa. Situaciones administrativas. Incompatibilidades y régimen disciplinario. El régimen de Seguridad Social de los funcionarios
Auxiliar Administrativo de la Comunidad de MadridTema 10: El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades. Situaciones administrativas. Sistema de retribuciones. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Administrativo de la Comunidad de MadridTema 26 (tema 5 del Bloque 3): El personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid. El Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid: estructura y contenido básico. Derechos y deberes.
Auxiliar Administrativo de la Junta de AndalucíaTema 11 Bloque 1: La función pública en la Administración de la Junta de Andalucía. Adquisición y pérdida de la relación de servicio en la Administración General de la Junta de Andalucía. La carrera profesional y la promoción interna. La provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas. Derechos y deberes de los empleados públicos. Régimen disciplinario.
Auxiliar Administrativo de la Generalitat ValencianaTema 2 Bloque 6: Situaciones administrativas de los funcionarios al servicio de la Generalitat. Derechos y deberes y condiciones de trabajo del personal empleado público de la Generalitat. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad civil, penal y administrativa del personal funcionario. Régimen disciplinario
Administrativo de la Generalitat ValencianaTema 1 Bloque 6: Principios constitucionales en materia de función pública. Las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos: marco jurídico. El Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que aprueba la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público

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